Qué exige exactamente el Real Decreto-ley 8/2019 (Guía completa 2025)

Todo lo que la empresa debe cumplir: obligaciones, sanciones, responsabilidades, dudas y cómo hacerlo correctamente.

El Real Decreto-ley 8/2019 es la norma que convirtió el registro horario en una obligación legal para todas las empresas en España. A pesar de que lleva años en vigor, todavía existen dudas sobre qué exige exactamente, qué debe registrar la empresa, cómo debe conservar los datos y qué sanciones existen.

Resumen rápido: La empresa debe registrar inicio y fin de la jornada de cada trabajador, conservar los registros 4 años y entregarlos a trabajadores e Inspección cuando lo soliciten.

1. Contexto: por qué se aprobó el RDL 8/2019

El Decreto surgió para combatir:

El objetivo: transparencia laboral y protección del trabajador.

2. Qué exige exactamente el RDL 8/2019

✔ 1. Registro obligatorio de la jornada diaria

Debe registrarse:

✔ 2. Registro para TODOS los trabajadores

Sin excepción:

Error común: Excluir encargados o mandos intermedios del registro → Sanción inmediata.

✔ 3. Conservación durante 4 años

Debe garantizarse:

✔ 4. Acceso del trabajador a sus registros

Debe entregarse el resumen mensual cada mes.

✔ 5. Acceso inmediato a la Inspección

Debe entregarse en el acto o en horas si lo pide el inspector.

✔ 6. Transparencia e invariabilidad

Los registros no pueden modificarse sin trazabilidad.

3. Qué debe registrar la empresa (y qué no)

Debe registrar No debe registrar
Hora real de entrada Productividad
Hora real de salida Geolocalización continua
Pausas no retribuidas Datos excesivos del trabajador
Turnos partidos Valoraciones de rendimiento
Incidencias justificadas Control horario fuera del trabajo

El registro es horario, no un control de actividad.

4. Cómo debe ser el registro para que sea legal

✔ 1. Debe ser fiable y verificable

La empresa debe poder demostrar que:

✔ 2. Debe ser accesible para trabajador e Inspección

Un Excel perdido en un ordenador NO es válido.

✔ 3. Debe diferenciar horas ordinarias, complementarias y extra

✔ 4. Debe respetar RGPD

Sistemas ilegales: Geolocalización 24/7, grabación masiva o biometría sin base jurídica adecuada.

5. Dudas frecuentes (resueltas de forma oficial)

¿El trabajador puede ver los registros de otros?

No. Solo puede acceder a los suyos.

¿El registro puede ser en papel?

Sí, pero no recomendable (manipulable).

¿Es obligatorio fichar pausas?

Solo las no retribuidas.

¿Es obligatorio que la empresa entregue el resumen mensual?

Sí. Es obligatorio.

¿Sirve un Excel?

Sí, pero con MUCHOS riesgos legales.

¿Se puede fichar con móvil?

Sí. Es totalmente legal.

¿Se puede usar biometría (huella)?

Solo si se cumplen requisitos estrictos de la AEPD.

6. Qué verifica la Inspección cuando revisa el RDL 8/2019

Los inspectores revisan sobre todo:

Muy sancionado: Empresas con registro inexistente o incompleto. La sanción va de 751 € a 7.500 €.

7. Sanciones previstas por el RDL 8/2019

Tipo de infracción Sanción
No registrar la jornada 751 € — 7.500 €
Datos manipulados o incompletos 751 € — 7.500 €
No entregar resumen mensual 751 € — 7.500 €
No conservar 4 años 751 € — 7.500 €

8. Qué NO permite el RDL 8/2019

9. Cómo cumplir fácil el RDL 8/2019 con EasyFichi

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